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- Recibo de dinero entre particulares (Grecia)El recibo con el que alguien en Grecia que recibe dinero de un particular lo confirma: quién pagó y quién recibió, la cantidad en cifras y en letras, el concepto, la fecha y la forma de pago, y si salda toda la deuda o es un pago a cuenta, con el saldo pendiente. El deudor que paga tiene derecho a un recibo escrito y, si paga toda la deuda, a que se le devuelva el documento de la deuda (art. 424 del Código Civil griego). Acompaña al contrato de préstamo, al reconocimiento de deuda y a la transacción.
- Reconocimiento de deuda (Grecia)La declaración escrita con la que un deudor en Grecia reconoce que debe a un acreedor una cantidad determinada: por qué concepto, en qué plazo y cómo la pagará. El Código Civil griego exige la forma escrita (art. 873), y el reconocimiento interrumpe la prescripción (art. 260). Con una cantidad determinada, una fecha de vencimiento fija y las dos firmas, es el documento privado con el que se pide una orden de pago. También indica quién paga la tasa de transacción digital del 3,6 % cuando se debe: el deudor.
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