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- Comunicación de ausencia por incapacidad temporal a la empresa (España)Para la persona trabajadora que está de baja médica en España y quiere avisar por escrito a la empresa. Desde el 1 de abril de 2023 (Real Decreto 1060/2022) no se entrega copia del parte de baja: el INSS comunica sus datos a la empresa por vía electrónica. La carta solo comunica la ausencia, su fecha de inicio y, si se desea, la duración estimada, nunca el diagnóstico. Se entrega en mano con «Recibí», por carta certificada o por burofax, o por el canal que fije el convenio. Contiene datos de salud: se vende en blanco y se rellena a mano. En español.
- Carta de despido disciplinario en el empleo del hogar (España)Para la persona que, como titular del hogar familiar, emplea a quien trabaja en su casa en España (limpieza, cuidado de niños o mayores) y la despide por un incumplimiento grave y culpable. La carta cumple el art. 55.1 del Estatuto de los Trabajadores: los hechos, la causa del art. 54.2, la fecha de efectos, la audiencia previa y el finiquito. Solo para empleo del hogar. Se entrega en mano con un «Recibí» o por burofax. En español.
- Reclamación de salarios y horas extraordinarias impagados (España)Para la persona trabajadora en España a la que la empresa no ha pagado nóminas, pagas extra u horas extraordinarias. La carta detalla lo que se debe por meses y conceptos, reclama el pago antes de una fecha con el interés por mora del diez por ciento del art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, interrumpe el plazo de un año para reclamar y anuncia la papeleta de conciliación. Se envía por burofax con certificación de contenido. En español.
- Carta de dimisión o baja voluntaria (España)Para la persona trabajadora que deja su empleo en España por voluntad propia. La carta comunica la baja voluntaria a la empresa (art. 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores), con el preaviso del convenio colectivo o, si este no dice nada, el de la costumbre del lugar, fija el último día de trabajo y pide el finiquito, la última nómina, el certificado de retenciones y el certificado de empresa. Se envía por burofax con certificación de contenido, que prueba el texto y la fecha. En español.
- Comunicación del permiso parental de ocho semanas (España)Para la persona trabajadora en España con un hijo o una hija menor de ocho años que quiere tomar el permiso parental del art. 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, de hasta ocho semanas. La carta comunica a la empresa las semanas, las fechas de inicio y fin y si será a jornada completa o a tiempo parcial, con los diez días de antelación de la ley o los del convenio. Se entrega en mano con un «Recibí», por carta certificada o por burofax. En español.
- Comunicación de permiso retribuido a la empresa (España)Para la persona trabajadora en España que va a ausentarse con sueldo por boda o registro como pareja de hecho, por accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar, por fallecimiento, por mudanza o por una urgencia familiar de fuerza mayor. La carta da el previo aviso del art. 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, indica el motivo y las fechas y anuncia el justificante. Se entrega en mano con un «Recibí», por carta certificada o por burofax. En español.
- Comunicación del permiso por nacimiento y cuidado del menor (España)Para la madre, el padre u otro progenitor que trabaja en España y va a disfrutar del permiso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento. La carta comunica a la empresa, con los quince días de antelación del art. 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, en qué semanas tomará el permiso después de las seis obligatorias. La prestación se pide aparte, gratis, al INSS. Se entrega en mano con un «Recibí», por carta certificada o por burofax. En español.
- Solicitud de reducción de jornada por guarda legal o cuidado de un familiar (España)Para la persona trabajadora en España que cuida de un hijo o una hija menor de doce años, de una persona con discapacidad o de un familiar que no puede valerse por sí mismo y quiere trabajar menos horas. La carta comunica la reducción (entre un octavo y la mitad, con el salario en proporción), el horario elegido dentro de la jornada ordinaria y las fechas, con los quince días de preaviso del art. 37.7 del Estatuto de los Trabajadores. Se entrega en mano con un «Recibí», por carta certificada o por burofax. En español.
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