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Contrato de cesión o licencia de derechos de autor (Grecia)
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El contrato con el que el autor de una obra —un diseño, un texto, una fotografía o un programa informático— cede su derecho patrimonial o concede una licencia para usarla, exclusiva o no: qué derechos, de qué formas, dónde, durante cuánto tiempo, si se permiten sublicencias, la remuneración, cómo se menciona al autor y las garantías. Según el art. 14 de la ley griega 2121/1993, una cesión o licencia es nula si no se hace por escrito, y solo el autor puede invocar la nulidad.
- Pensado para usarse en Grecia
- Última actualización: 6 de octubre de 2026
Publicado porDocMuse
Cuándo usar este documento
- Crea diseños o fotos en Grecia y un cliente quiere utilizar su trabajo.
- Una empresa quiere comprar los derechos de un software o de unos textos que usted ha creado y usted quiere fijar qué puede hacer con ellos.
- Quiere permitir que una empresa use sus fotos o diseños sin ceder del todo sus derechos.
- Quiere un contrato escrito de cesión o licencia de derechos de autor que fije los usos, el territorio, la duración y su remuneración.
Qué hay que rellenar
Los datos que pide el documento.
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- Autor
- Nombre del padre del autor
- AFM del autor (número fiscal griego)
- Número del documento de identidad o del pasaporte del autor
- Domicilio del autor
- Adquirente
- AFM del adquirente (número fiscal griego)
- Oficina tributaria griega del adquirente (DOY)
- Domicilio social o dirección del adquirente
- Representante del adquirente (o «personalmente»)
- Descripción de la obra (diseño, texto, fotografía, software…)
- Qué se concede: cesión, licencia exclusiva o licencia no exclusiva
- Derechos concedidos
- Usos permitidos
- Territorio
- Duración
- Concesión de sublicencias
- Remuneración del autor: porcentaje de los ingresos o cantidad fija (en cifras y en letras), y cuándo se paga
- Atribución
Preguntas frecuentes
- ¿Es válido en Grecia un acuerdo verbal sobre los derechos de autor de una obra?
- No. El art. 14 de la ley griega 2121/1993 establece que la cesión del derecho patrimonial, y los contratos y licencias de explotación de una obra, son nulos si no se hacen por escrito. Solo el autor puede invocar la nulidad, así que el riesgo recae en quien pagó la obra sin contrato escrito. Un mensaje o un acuerdo de palabra no bastan.
- ¿Qué diferencia hay entre la cesión y la licencia de derechos de autor en Grecia?
- Con la cesión, el adquirente pasa a ser titular del derecho patrimonial, en su totalidad o para las facultades que precise el contrato. Con la licencia, el autor conserva el derecho y permite al adquirente usar la obra como se precise: en exclusiva, de modo que el autor no la concede a nadie más, o sin exclusiva. El derecho moral, como el de figurar como autor de la obra, permanece siempre en el autor.
- ¿Qué debe precisar el contrato griego de derechos de autor para que el uso de la obra no ofrezca dudas?
- Qué derechos se conceden (reproducción, distribución, adaptación, comunicación pública), de qué formas y en qué medios, en qué país o zona, durante cuánto tiempo y si el adquirente puede conceder sublicencias. El contrato prevé que lo que no se mencione expresamente queda en manos del autor, así que una redacción demasiado estrecha deja al adquirente sin derechos para usos que necesita. Si no se fija la duración, la ley la limita a cinco años, y si no se fija la zona, la concesión cubre solo el país donde se celebró el contrato (art. 15 de la ley griega 2121/1993).
Cómo puede firmar este documento
- Imprímalo y fírmelo a mano. Las líneas de firma del documento se dejan en blanco a propósito: firme sobre ellas con bolígrafo.
- Fírmelo por su cuenta con una firma electrónica cualificada. Si ya tiene una firma cualificada (Evrotrust, B-Trust, StampIT, ZealiD o cualquier proveedor cualificado de la Lista de confianza de la UE, en tarjeta, en un token USB, en una aplicación móvil o en la nube), nuestra guía de firma explica paso a paso cómo firmar precisamente este archivo sin invalidarlo. Ayuda paso a paso y una forma de comprobar el resultado
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