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116 documentos encajan
- Autorización para empadronarse en una vivienda (España)Este trámite es gratuito en la sede electrónica o en las oficinas de su Ayuntamiento, con la hoja padronal. No necesita DocMuse para hacerlo. Este documento es solo la autorización que muchos Ayuntamientos piden cuando quien se empadrona no tiene contrato a su nombre: la firma una persona ya empadronada en la vivienda que tiene título sobre ella o, si no hay nadie empadronado, quien es titular de la vivienda, y nombra a cada persona autorizada. Se entrega en el Ayuntamiento con la hoja padronal y las copias que pida. En español.
- Recurso de alzada o de reposición contra un acto administrativo (España)Este trámite es gratuito en la sede electrónica del organismo, con su formulario de recurso o su instancia general. No necesita DocMuse para hacerlo. Este escrito es para recurrir un acto de un ministerio, una comunidad autónoma o un Ayuntamiento: el recurso de alzada ante el órgano superior, si el acto no pone fin a la vía administrativa, o el de reposición ante el mismo órgano, si la pone. La notificación indica cuál procede, ante quién y en qué plazo: un mes si el acto es expreso. Sigue el art. 115 de la Ley 39/2015 y los motivos los escribe usted. No sirve para impuestos ni multas de tráfico. Se presenta por registro. En español.
- Solicitud de certificado de escolarización o académico al centro educativo (España)Para el estudiante mayor de edad o para quien ejerce la patria potestad o la tutela de un estudiante en España que necesita un certificado del colegio o del instituto: de matrícula y escolarización en el curso actual, de las calificaciones o de los estudios cursados. El escrito (EXPONE / SOLICITA) se dirige a la secretaría o a la dirección del centro, indica para qué se necesita y cómo entregarlo. En algunas comunidades el certificado de matrícula se descarga gratis en su plataforma educativa. Se entrega en la secretaría con copia sellada o por registro. En español.
- Recordatorio de pago de una factura vencida (España)Para el autónomo o la empresa con una factura vencida sin cobrar: un recordatorio cordial que identifica la factura, su importe y su vencimiento, pide el pago o el justificante si ya se pagó, y recuerda que desde el vencimiento corren el interés de demora y los costes de cobro de la Ley 3/2004. Se envía por correo electrónico o, si quiere prueba del contenido, por burofax; si no hay pago, el paso siguiente es el requerimiento con invitación a negociar. En español.
- Reconocimiento de deuda (España)Para quien debe dinero a un particular o a una empresa en España y lo reconoce por escrito, o para quien le prestó y quiere ese papel firmado. La persona deudora, identificada con su DNI o NIE, reconoce la cantidad en letra y en cifras y su origen, y se compromete a pagarla de una vez, por transferencia, en una fecha. El reconocimiento interrumpe la prescripción y el plazo de cinco años vuelve a empezar (artículos 1964 y 1973 del Código Civil). Lo firma la persona deudora y el original se entrega a la persona acreedora. En español.
- Reclamación por un contrato no solicitado o un alta sin consentimiento (España)Para la persona a la que una compañía de luz, gas, teléfono u otro servicio ha dado de alta, cambiado de compañía o cobrado un servicio que no pidió. Niega haber dado su consentimiento, recuerda que el silencio no es aceptación y que no tiene que pagar lo no solicitado (art. 66 quáter del TRLGDCU), pide la anulación del contrato, la vuelta a la compañía anterior y la devolución de lo cobrado, e invita a negociar como exige la Ley Orgánica 1/2025. Se envía por burofax con certificación de contenido. En español.
- Acuerdo de quita y espera (España)Para una persona acreedora y una persona deudora en España que pactan rebajar una deuda (quita) y dar más tiempo para pagarla (espera). Es un modelo con campos: la deuda original en letra y en cifras, la rebaja, la cantidad que queda por pagar, el calendario en un pago o en cuotas, la cuenta y los días de retraso tolerados antes de perder la rebaja. Pagado lo pactado, la deuda se extingue y se entrega carta de pago. Recoge la negociación de la LO 1/2025 y permite elevarlo a escritura pública. Se firma por duplicado. En español.
- Propuesta de pago o de quita a un acreedor (España)Para quien debe dinero en España a un banco, una financiera, una compañía o una empresa de recobro y quiere ofrecer un pago menor de una vez (quita) o pagar en cuotas (espera) para cerrar la deuda. La carta indica la cantidad que le reclaman y la que ofrece, el calendario, y condiciona todo a una aceptación por escrito que diga que, una vez pagado, la deuda queda saldada, con carta de pago y baja de los ficheros de morosos. No se paga nada antes de esa aceptación. Se envía por burofax o por el canal escrito del acreedor. En español.
- Comunicación de ausencia por incapacidad temporal a la empresa (España)Para la persona trabajadora que está de baja médica en España y quiere avisar por escrito a la empresa. Desde el 1 de abril de 2023 (Real Decreto 1060/2022) no se entrega copia del parte de baja: el INSS comunica sus datos a la empresa por vía electrónica. La carta solo comunica la ausencia, su fecha de inicio y, si se desea, la duración estimada, nunca el diagnóstico. Se entrega en mano con «Recibí», por carta certificada o por burofax, o por el canal que fije el convenio. Contiene datos de salud: se vende en blanco y se rellena a mano. En español.
- Reclamación al servicio de atención al cliente del banco (España)Para el cliente de un banco en España con un problema de comisiones, cargos, tarjetas, transferencias o cualquier otro producto, que quiere reclamar por escrito. Es el primer paso obligatorio: el servicio de atención al cliente tiene quince días hábiles en servicios de pago y un mes en lo demás; si no contesta o rechaza la reclamación, el siguiente paso es la reclamación ante el Banco de España, con su propio formulario. La carta expone los hechos, dice qué se pide e invita a negociar (LO 1/2025). Se presenta en la oficina con copia sellada, por el canal en línea del banco o por burofax. En español.
- Solicitud de reembolso de gastos médicos a la aseguradora (España)Para la persona asegurada con un seguro privado de salud con reembolso de gastos en España que ha pagado una consulta, una prueba o un tratamiento y quiere recuperar lo que cubre la póliza. La carta pide el reembolso a la aseguradora con arreglo al artículo 105 de la Ley de Contrato de Seguro, detalla la asistencia, las facturas, el importe y el IBAN, y pide que cualquier rechazo se motive por escrito. Se envía por carta certificada, burofax o el área de clientes de la aseguradora. Contiene datos de salud: se vende en blanco y se rellena a mano. En español.
- Solicitud de baja de telefonía, internet o televisión (España)Para la persona titular de una línea de móvil, fijo, fibra o televisión que quiere darse de baja y que no le sigan cobrando. Comunica al operador la baja de los servicios con efectos a los dos días hábiles de recibirla, pide el número de referencia, la factura de cierre y las instrucciones para devolver los equipos, y que no se cobre nada después. Se envía por burofax con certificación de contenido, que prueba la fecha desde la que el operador ya no puede facturar; puede usarse además el canal que el operador ofrezca. En español.
- Reclamación ante el Consejo de Transparencia por denegación de información (España)Este trámite es gratuito en la sede electrónica del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con su propio formulario, y en la del órgano de transparencia de su comunidad. No necesita DocMuse para hacerlo. Este escrito es para quien prefiere presentarlo por registro: reclama contra la denegación total o parcial de una solicitud de acceso a la información pública, o contra la falta de respuesta, con sus propios motivos, dentro del mes del art. 24.2 de la Ley 19/2013. El Consejo tiene tres meses para resolver. En español.
- Solicitud de acceso a la información pública (España)Este trámite es gratuito en el Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado y en la sede electrónica de cada organismo, con su propio formulario. No necesita DocMuse para hacerlo. Este escrito es para quien prefiere presentarlo por registro: pide a un ministerio, una comunidad autónoma, un Ayuntamiento u otro organismo público información que tiene, al amparo de la Ley 19/2013 o de la ley de transparencia de su comunidad, sin tener que explicar para qué. El organismo tiene un mes para resolver. En español.
- Reclamación a la aseguradora por un siniestro o una póliza (España)Para la persona asegurada o tomadora a la que la aseguradora rechaza o retrasa el pago de un siniestro, paga menos de lo debido, cobra de más o no cumple la póliza. Presenta la reclamación por escrito ante su servicio de atención al cliente o su defensor del cliente, paso previo obligatorio para acudir después gratis al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, e incluye la invitación a negociar que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de demandar. Se envía por burofax con certificación de contenido. En español.
- Reclamación ante la OMIC o el servicio de consumo, con solicitud de arbitraje (España)Este trámite es gratuito en la sede electrónica de su Ayuntamiento o de su comunidad autónoma. No necesita DocMuse para hacerlo. Para la persona consumidora que ya reclamó a la empresa sin respuesta o sin solución: escrito a la OMIC o al servicio de consumo que pide la mediación y, si lo elige, el arbitraje de consumo. Se presenta en la propia oficina, en cualquier registro público o en Correos como correo administrativo. En Cataluña, Valencia, Baleares, Galicia, País Vasco y Navarra la oficina debe aceptarlo también en la lengua cooficial. En español.
- Solicitud de acceso y copia de la historia clínica (España)Para quien quiere ver su propia historia clínica en España y obtener copia, para su representante o para el familiar de un paciente fallecido. La carta ejerce el derecho de acceso del artículo 18 de la Ley 41/2002 y del artículo 15 del RGPD ante el hospital, el centro de salud o la clínica privada: indica los documentos, el periodo y la forma de entrega, y recuerda el plazo de un mes y la gratuidad. Se entrega en el servicio de atención al paciente o de admisión, o se envía por carta certificada; a un centro público, también por registro. Contiene datos de salud: se vende en blanco y se rellena a mano. En español.
- Reclamación por falta de conformidad: reparación o sustitución en garantía (España)Para la persona consumidora cuyo producto, comprado a una empresa, ha salido defectuoso o no es como se acordó: exige al vendedor la reparación o la sustitución gratuita del bien dentro de la garantía legal de tres años desde la entrega (arts. 114 y siguientes del TRLGDCU), en un plazo razonable y sin gastos de envío. Incluye la invitación a negociar que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de acudir a los tribunales. Se envía por burofax con certificación de contenido, que prueba lo enviado y la fecha. En español.
- Solicitud de exclusión de un fichero de morosos (España)Para quien aparece en España en un fichero de morosos, como ASNEF o Experian, por una deuda pagada, inexistente, discutida, de la que nunca le avisaron, de más de cinco años o de menos de cincuenta euros. La carta ejerce ante la empresa que gestiona el fichero el derecho de supresión, pide limitar el tratamiento mientras se comprueba y recuerda el plazo de un mes para responder (artículo 20 de la LOPDGDD y artículos 12 a 19 del RGPD); se envía copia al acreedor. El ejercicio de estos derechos es gratuito, y la AEPD ofrece modelos propios. Se envía por burofax o por el canal escrito del fichero. En español.
- Factura completa en PDF para autónomos y empresas (España)Este trámite es gratuito en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con su aplicación de facturación VERI*FACTU. No necesita DocMuse para hacerlo. Para el autónomo o la empresa que factura sin programa de facturación: factura con el contenido del art. 6 del RD 1619/2012, IVA, IGIC en Canarias o IPSI en Ceuta y Melilla, y retención. Con programa, desde 2027 rige Verifactu; en el País Vasco, TicketBAI. En español.
- Carta de pago o finiquito de una deuda (España)Para la persona acreedora que cobra en España una deuda (un préstamo, un reconocimiento, un acuerdo de pago) y para la persona deudora que necesita la prueba. Con su firma, la persona acreedora declara recibida la cantidad en letra y en cifras, como pago total o como última cuota, y la deuda saldada con sus intereses y gastos, sin nada más que reclamar (artículos 1110 y 1156 del Código Civil). Puede recoger los documentos que se devuelven y el compromiso de pedir la baja en los ficheros de morosos. Se entrega firmada a la persona deudora. En español.
- Factura rectificativa en PDF (España)Este trámite es gratuito en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con su aplicación de facturación VERI*FACTU. No necesita DocMuse para hacerlo. Para el autónomo o la empresa que factura sin programa y debe corregir una factura: la factura rectificativa del art. 15 del RD 1619/2012, en serie propia, con la factura rectificada, el motivo y los importes por diferencias o por sustitución; IVA, IGIC en Canarias o IPSI. En español.
- Reclamación ante el servicio de atención al paciente (España)Para la persona atendida en un hospital o centro de salud público en España, o su familiar, que quiere quejarse por escrito de la atención: una espera excesiva, una cita anulada, un trato incorrecto, una falta de información. El escrito (EXPONE / SOLICITA) se dirige al servicio de atención al paciente, pide que se investiguen los hechos y una respuesta motivada en el plazo de la normativa de su comunidad. No es una reclamación de indemnización. Se presenta en el propio servicio o en cualquier oficina de registro, en Correos o en la sede electrónica. Contiene datos de salud: se vende en blanco y se rellena a mano. En español.
- Reclamación de compensación por retraso, cancelación o denegación de embarque (España)Para la persona que viajaba en un vuelo que llegó con tres horas o más de retraso, se canceló con poco aviso o en el que le negaron el embarque: reclama a la compañía aérea la compensación de 250, 400 o 600 euros del Reglamento (CE) n.º 261/2004 para cada pasajero de la reserva, e invita a negociar como exige la Ley Orgánica 1/2025 antes de demandar. Si en un mes la compañía no responde o la rechaza, la reclamación ante AESA es gratuita y su decisión obliga a la compañía. Se envía por burofax o por el formulario de reclamaciones de la compañía. En español.
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