DocMuse es un servicio privado y de pago, gestionado por The Muse Technology EOOD (Bulgaria). No es una web de la Administración española y no está vinculado a ninguna administración.

Reclamación a la compañía de la luz, el gas o el agua (España)

1,38 €Rellénelo gratis online y pague solo al descargarlo

14 preguntas · unos 6 min

Rellenar el modelo

Sus respuestas se guardan en este dispositivo durante 7 días o hasta que las borre.

0 de 0 respondidas
  • Descarga inmediata tras el pago
  • Copia del enlace enviada a su correo electrónico
  • No hace falta cuenta

Para la persona titular de un contrato de luz, gas o agua que no está de acuerdo con una factura, una lectura, un corte, una subida o la atención recibida. Presenta la reclamación por escrito ante el servicio de atención a la clientela de la empresa, pide su número de referencia y una respuesta escrita, y deja hecho el intento de negociación que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de demandar. Se envía por burofax con certificación de contenido; puede enviarse además por el canal de reclamaciones de la empresa. En español.

  • Pensado para usarse en España
  • Última actualización: 20 de octubre de 2026
  • Documento en español

Publicado porDocMuse

Cuándo usar este documento

  • La factura de la luz en España le ha llegado mucho más alta de lo que ha consumido.
  • La compañía del gas le cobra lecturas que no coinciden con su contador.
  • Le han cortado el agua o la luz aunque tenía las facturas pagadas.
  • Quiere reclamar por escrito una factura a su compañía de la luz, el gas o el agua.

Qué hay que rellenar

Los datos que pide el documento.

  • Cliente
  • Domicilio del cliente
  • DNI o NIE del remitente
  • Correo electrónico
  • Empresa suministradora (de luz, gas o agua)
  • Dirección postal de la empresa (según el contrato, la factura o el aviso legal de su web)
  • Localidad
  • Fecha
  • Código CUPS o n.º del contrato de suministro
  • Suministro (electricidad, gas o agua)
  • Dirección del punto de suministro
  • Número de factura
  • Objeto de la reclamación
  • Resultado solicitado

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiene en España la compañía de la luz para contestar una reclamación, y adónde acudo después?
Desde el Real Decreto 88/2026, las comercializadoras de electricidad deben responder las reclamaciones en un plazo máximo de 15 días y dejar constancia de cada una. La Ley 10/2025 fija, para las empresas de luz, gas y agua, un máximo de quince días hábiles salvo plazo sectorial distinto, exigible cuando acabe su periodo de adaptación, el 28 de diciembre de 2026. Si no contestan o no está de acuerdo, puede acudir gratis a la OMIC o al servicio de consumo de su comunidad autónoma, o a la Junta Arbitral de Consumo si la empresa acepta el arbitraje. El agua depende del Ayuntamiento y de su reglamento.
¿Cómo envío en España la reclamación a la compañía de suministro para que quede prueba?
Use el canal de reclamaciones que indique su factura o su contrato y pida el número de referencia de la reclamación; además, envíe esta carta por burofax con certificación de contenido a la dirección postal de la empresa. El burofax prueba lo enviado y la fecha, y deja hecho el intento de negociación que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de demandar: la empresa tiene treinta días naturales para contestar. Guarde las facturas, las lecturas del contador y las fotos del contador con su fecha.
¿Hay en España modelos gratuitos para reclamar a la compañía de la luz, y qué hago si me cambiaron de compañía sin permiso?
Sí: OCU y FACUA publican cartas modelo gratuitas para reclamar a las compañías de suministros, y la CNMC explica en su web cómo presentar una reclamación. En las oficinas comerciales puede pedir la hoja de reclamaciones de su comunidad autónoma. Si la reclamación es porque le dieron de alta o le cambiaron de compañía sin su consentimiento, use la carta de este catálogo sobre el contrato no solicitado, que pide anularlo y volver a la compañía anterior.

Cómo puede firmar este documento

  • Imprímalo y fírmelo a mano. Las líneas de firma del documento se dejan en blanco a propósito: firme sobre ellas con bolígrafo.
  • Fírmelo por su cuenta con una firma electrónica cualificada. Si ya tiene una firma cualificada (Evrotrust, B-Trust, StampIT, ZealiD o cualquier proveedor cualificado de la Lista de confianza de la UE, en tarjeta, en un token USB, en una aplicación móvil o en la nube), nuestra guía de firma explica paso a paso cómo firmar precisamente este archivo sin invalidarlo. Ayuda paso a paso y una forma de comprobar el resultado

DocMuse vende documentos, no asesoramiento jurídico. Que se acepten depende siempre de las normas del destinatario y de la ley aplicable.

Documentos relacionados

  • Reclamación por un contrato no solicitado o un alta sin consentimiento (España)

    Para la persona a la que una compañía de luz, gas, teléfono u otro servicio ha dado de alta, cambiado de compañía o cobrado un servicio que no pidió. Niega haber dado su consentimiento, recuerda que el silencio no es aceptación y que no tiene que pagar lo no solicitado (art. 66 quáter del TRLGDCU), pide la anulación del contrato, la vuelta a la compañía anterior y la devolución de lo cobrado, e invita a negociar como exige la Ley Orgánica 1/2025. Se envía por burofax con certificación de contenido. En español.

  • Solicitud de baja de telefonía, internet o televisión (España)

    Para la persona titular de una línea de móvil, fijo, fibra o televisión que quiere darse de baja y que no le sigan cobrando. Comunica al operador la baja de los servicios con efectos a los dos días hábiles de recibirla, pide el número de referencia, la factura de cierre y las instrucciones para devolver los equipos, y que no se cobre nada después. Se envía por burofax con certificación de contenido, que prueba la fecha desde la que el operador ya no puede facturar; puede usarse además el canal que el operador ofrezca. En español.

  • Reclamación a la aseguradora por un siniestro o una póliza (España)

    Para la persona asegurada o tomadora a la que la aseguradora rechaza o retrasa el pago de un siniestro, paga menos de lo debido, cobra de más o no cumple la póliza. Presenta la reclamación por escrito ante su servicio de atención al cliente o su defensor del cliente, paso previo obligatorio para acudir después gratis al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, e incluye la invitación a negociar que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de demandar. Se envía por burofax con certificación de contenido. En español.

  • Reclamación ante la OMIC o el servicio de consumo, con solicitud de arbitraje (España)

    Este trámite es gratuito en la sede electrónica de su Ayuntamiento o de su comunidad autónoma. No necesita DocMuse para hacerlo. Para la persona consumidora que ya reclamó a la empresa sin respuesta o sin solución: escrito a la OMIC o al servicio de consumo que pide la mediación y, si lo elige, el arbitraje de consumo. Se presenta en la propia oficina, en cualquier registro público o en Correos como correo administrativo. En Cataluña, Valencia, Baleares, Galicia, País Vasco y Navarra la oficina debe aceptarlo también en la lengua cooficial. En español.

  • Reclamación por falta de conformidad: reparación o sustitución en garantía (España)

    Para la persona consumidora cuyo producto, comprado a una empresa, ha salido defectuoso o no es como se acordó: exige al vendedor la reparación o la sustitución gratuita del bien dentro de la garantía legal de tres años desde la entrega (arts. 114 y siguientes del TRLGDCU), en un plazo razonable y sin gastos de envío. Incluye la invitación a negociar que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de acudir a los tribunales. Se envía por burofax con certificación de contenido, que prueba lo enviado y la fecha. En español.

  • Reclamación de compensación por retraso, cancelación o denegación de embarque (España)

    Para la persona que viajaba en un vuelo que llegó con tres horas o más de retraso, se canceló con poco aviso o en el que le negaron el embarque: reclama a la compañía aérea la compensación de 250, 400 o 600 euros del Reglamento (CE) n.º 261/2004 para cada pasajero de la reserva, e invita a negociar como exige la Ley Orgánica 1/2025 antes de demandar. Si en un mes la compañía no responde o la rechaza, la reclamación ante AESA es gratuita y su decisión obliga a la compañía. Se envía por burofax o por el formulario de reclamaciones de la compañía. En español.