DocMuse es un servicio privado y de pago, gestionado por The Muse Technology EOOD (Bulgaria). No es una web de la Administración española y no está vinculado a ninguna administración.
Acuerdo de trabajo a distancia (España)
1,38 €Rellénelo gratis online y pague solo al descargarlo
27 preguntas · unos 11 min
Rellenar el modelo
Sus respuestas se guardan en este dispositivo durante 7 días o hasta que las borre.
- Descarga inmediata tras el pago
- Copia del enlace enviada a su correo electrónico
- No hace falta cuenta
Para la empresa y la persona trabajadora que pactan en España teletrabajo regular —al menos el treinta por ciento de la jornada en tres meses—, que la Ley 10/2021 exige por escrito antes de empezar. Recoge el contenido mínimo del art. 7: inventario de equipos y su vida útil, gastos y su compensación, horario y disponibilidad, porcentaje y días, centro de adscripción y lugar elegido, preaviso para volver a la oficina, control, dificultades técnicas, datos y duración. Lo firman ambas partes; la empresa entrega copia a los representantes en diez días. En español.
- Pensado para usarse en España
- Última actualización: 20 de octubre de 2026
- Documento en español
Publicado porDocMuse
Cuándo usar este documento
- Su empresa en España le deja teletrabajar unos días a la semana y quiere ponerlo por escrito.
- Como empresa quiere dejar claro quién paga el portátil, internet y la luz de quien trabaja desde casa.
- Lleva meses teletrabajando sin nada firmado y quiere reglas claras sobre el horario y la vuelta a la oficina.
- Quiere un acuerdo de trabajo híbrido por escrito con los días de oficina y los de casa.
Qué hay que rellenar
Los datos que pide el documento.
- Localidad
- Fecha
- Persona que firma en nombre del empleador
- DNI o NIE de quien firma por la empresa
- Condición en que firma (p. ej., administrador único, o titular si la persona empleadora es una persona física)
- Empresa o persona empleadora (razón social o, si es una persona física, nombre y apellidos)
- NIF de la empresa
- Domicilio de la empresa (el domicilio social, si es una sociedad)
- Datos del Registro Mercantil de la empresa (si los tiene)
- Trabajador
- DNI o NIE del trabajador
- Domicilio del trabajador
- Fecha del contrato
- Puesto
- Porcentaje y distribución entre trabajo presencial y a distancia
- Dirección para el trabajo a distancia
- Lugar de trabajo
- Horario de trabajo
- Reglas de disponibilidad
- Inventario de medios, equipos y herramientas, con su vida útil
- Procedimiento ante dificultades técnicas
- Gastos que se compensan, su cálculo, y cuándo y cómo se abonan
- Medios de control empresarial
- Instrucciones sobre protección de datos y seguridad de la información
- Duración del acuerdo (p. ej. «indefinida» o una fecha)
- Preaviso para la reversibilidad (si el convenio no fija otro)
- Condiciones adicionales
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo hay que firmar un acuerdo de teletrabajo por escrito en España?
- Cuando el trabajo a distancia es regular: al menos el treinta por ciento de la jornada en un periodo de tres meses, o la proporción equivalente si el contrato es más corto (art. 1 Ley 10/2021). El acuerdo se firma por escrito antes de empezar, en el propio contrato o después, con el contenido mínimo del art. 7, y la empresa entrega copia a la representación legal en diez días y la remite después a la oficina de empleo, a la que la envía también si no hay representación. El teletrabajo ocasional no lo exige.
- ¿Quién paga los gastos del teletrabajo en España?
- La empresa. El trabajo a distancia no puede suponer para la persona trabajadora asumir gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios de su actividad; la empresa los sufraga o compensa (art. 12 Ley 10/2021), según el convenio colectivo o, si no dice nada, lo que fije el acuerdo. Por eso el acuerdo debe enumerar los gastos, la forma de calcular la compensación y cuándo y cómo se abona, además del inventario de equipos que entrega la empresa.
- ¿Se puede volver al trabajo presencial después de firmar el acuerdo de teletrabajo?
- Sí. El trabajo a distancia es voluntario y reversible para ambas partes (art. 5 Ley 10/2021): la vuelta al trabajo presencial se hace en los términos del convenio colectivo o, si no los fija, del acuerdo, que indica el preaviso. Negarse a teletrabajar o pedir la vuelta no justifica por sí solo un despido. Pedir teletrabajo o una adaptación de jornada para cuidar a hijos o familiares (art. 34.8 ET) es otra solicitud, distinta de este acuerdo.
Cómo puede firmar este documento
- Imprímalo y fírmelo a mano. Las líneas de firma del documento se dejan en blanco a propósito: firme sobre ellas con bolígrafo.
- Fírmelo por su cuenta con una firma electrónica cualificada. Si ya tiene una firma cualificada (Evrotrust, B-Trust, StampIT, ZealiD o cualquier proveedor cualificado de la Lista de confianza de la UE, en tarjeta, en un token USB, en una aplicación móvil o en la nube), nuestra guía de firma explica paso a paso cómo firmar precisamente este archivo sin invalidarlo. Ayuda paso a paso y una forma de comprobar el resultado
DocMuse vende documentos, no asesoramiento jurídico. Que se acepten depende siempre de las normas del destinatario y de la ley aplicable.
Documentos relacionados
- Comunicación de ausencia por incapacidad temporal a la empresa (España)
Para la persona trabajadora que está de baja médica en España y quiere avisar por escrito a la empresa. Desde el 1 de abril de 2023 (Real Decreto 1060/2022) no se entrega copia del parte de baja: el INSS comunica sus datos a la empresa por vía electrónica. La carta solo comunica la ausencia, su fecha de inicio y, si se desea, la duración estimada, nunca el diagnóstico. Se entrega en mano con «Recibí», por carta certificada o por burofax, o por el canal que fije el convenio. Contiene datos de salud: se vende en blanco y se rellena a mano. En español.
- Carta de despido disciplinario en el empleo del hogar (España)
Para la persona que, como titular del hogar familiar, emplea a quien trabaja en su casa en España (limpieza, cuidado de niños o mayores) y la despide por un incumplimiento grave y culpable. La carta cumple el art. 55.1 del Estatuto de los Trabajadores: los hechos, la causa del art. 54.2, la fecha de efectos, la audiencia previa y el finiquito. Solo para empleo del hogar. Se entrega en mano con un «Recibí» o por burofax. En español.
- Contrato de trabajo para el servicio del hogar familiar (España)
Para la familia o la persona que contrata en España, por tiempo indefinido, a una empleada o un empleado de hogar: limpieza, cocina, cuidado de niños o de personas mayores, externa o interna. Recoge las tareas, el periodo de prueba, la jornada y los descansos del Real Decreto 1620/2011, el salario por mes o por horas, el salario en especie, las pagas extraordinarias, las vacaciones y la extinción tal como quedó tras el Real Decreto-ley 16/2022. Lo firman las dos partes antes de empezar. En español.
- Reclamación de salarios y horas extraordinarias impagados (España)
Para la persona trabajadora en España a la que la empresa no ha pagado nóminas, pagas extra u horas extraordinarias. La carta detalla lo que se debe por meses y conceptos, reclama el pago antes de una fecha con el interés por mora del diez por ciento del art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, interrumpe el plazo de un año para reclamar y anuncia la papeleta de conciliación. Se envía por burofax con certificación de contenido. En español.
- Contrato de trabajo indefinido (España)
Para la empresa o el empresario autónomo que contrata en España a una persona trabajadora por tiempo indefinido, a jornada completa o a tiempo parcial. Recoge el puesto y el grupo profesional, el convenio colectivo, el periodo de prueba dentro de los límites del art. 14 ET, la jornada, el salario y las pagas extraordinarias, las vacaciones, la formación y el preaviso, con la información escrita que exige el Real Decreto 723/2026. Se firma por duplicado antes de empezar a trabajar. En español.
- Acuerdo de confidencialidad con un trabajador (España)
Para la empresa que, en España, quiere concretar por escrito qué información debe guardar en secreto una persona trabajadora, durante el contrato y después. Define la información confidencial, lo que no lo es, el uso permitido, la devolución de documentos y equipos al terminar y el plazo tras la extinción, de acuerdo con el deber de buena fe del Estatuto de los Trabajadores y la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales. No es un pacto de no competencia: no impide trabajar después para otra empresa. Lo firman las dos partes. En español.