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Comunicación de desistimiento de una compra a distancia o fuera del establecimiento (España)

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Para la persona consumidora que compró por internet, por teléfono o fuera de la tienda (en su casa o en una excursión) y ha cambiado de opinión: comunica que desiste del contrato en 14 días naturales, sin dar motivos (arts. 102 a 108 del TRLGDCU), y pide el reembolso de todo lo pagado en 14 días. El modelo de formulario de desistimiento del anexo B del TRLGDCU, que la empresa debe facilitarle gratis, basta por sí solo. Esta carta deja prueba de lo enviado y de la fecha: se envía por burofax con certificación de contenido, o se adjunta a un correo electrónico. En español.

  • Pensado para usarse en España
  • Última actualización: 20 de octubre de 2026
  • Documento en español

Publicado porDocMuse

Cuándo usar este documento

  • Ha comprado algo por internet en una tienda de España y ya no lo quiere.
  • Un vendedor le hizo firmar un contrato en su casa y se arrepiente de la compra.
  • El paquete llegó hace pocos días y quiere devolverlo y recuperar su dinero.
  • Quiere anular por escrito un pedido hecho por internet o por teléfono y guardar la prueba.

Qué hay que rellenar

Los datos que pide el documento.

  • Cliente
  • Domicilio del cliente
  • DNI o NIE del remitente
  • Correo electrónico
  • Empresario
  • Dirección postal del empresario (según el aviso legal de su web)
  • Localidad
  • Fecha
  • Número de pedido
  • Fecha del pedido
  • Fecha de recepción de los productos
  • Bienes o servicios objeto del desistimiento

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo cuentan en España los 14 días para desistir de una compra a distancia?
En los bienes, desde el día en que usted, o un tercero que usted indique distinto del transportista, recibe el producto; si el pedido llega en varias entregas, desde la última. En los servicios, desde la celebración del contrato. Si la venta se hizo en una visita no solicitada a su domicilio o en una excursión organizada por la empresa, el plazo es de 30 días naturales. Si la empresa no le informó de su derecho, el plazo se amplía doce meses (art. 105 TRLGDCU). Basta con enviar la comunicación antes de que venza el plazo.
¿Hace falta un formulario concreto para desistir en España, o sirve un correo electrónico?
No hace falta ninguno. Sirve el modelo de formulario de desistimiento del anexo B del TRLGDCU, que la empresa debe facilitarle gratis, o cualquier declaración inequívoca (art. 106): un correo electrónico, el formulario de la web o esta carta. Si la tienda en línea ofrece un botón para desistir, también puede usarlo. OCU, FACUA y el Centro Europeo del Consumidor publican cartas modelo gratuitas. Como la prueba de haber desistido a tiempo le corresponde a usted, el burofax con certificación de contenido es la vía más segura; Correos admite el PDF en su burofax en línea.
¿Qué compras no se pueden devolver por desistimiento en España, y quién paga la devolución?
El art. 103 TRLGDCU excluye, entre otros, los bienes hechos según las especificaciones del consumidor o claramente personalizados, los que pueden deteriorarse con rapidez y los bienes precintados que no pueden devolverse por razones de salud o de higiene y que se desprecintaron tras la entrega. En los demás casos, usted solo paga el coste directo de devolver los bienes, salvo que la empresa aceptara asumirlo o no le informara de que le corresponde a usted (art. 108). Un producto defectuoso es otra cosa: tiene la garantía legal de tres años.

Cómo puede firmar este documento

  • Imprímalo y fírmelo a mano. Las líneas de firma del documento se dejan en blanco a propósito: firme sobre ellas con bolígrafo.
  • Fírmelo por su cuenta con una firma electrónica cualificada. Si ya tiene una firma cualificada (Evrotrust, B-Trust, StampIT, ZealiD o cualquier proveedor cualificado de la Lista de confianza de la UE, en tarjeta, en un token USB, en una aplicación móvil o en la nube), nuestra guía de firma explica paso a paso cómo firmar precisamente este archivo sin invalidarlo. Ayuda paso a paso y una forma de comprobar el resultado

DocMuse vende documentos, no asesoramiento jurídico. Que se acepten depende siempre de las normas del destinatario y de la ley aplicable.

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